Hay veces que por falta de liquidez, o por tener que hacer frente a muchos pagos de golpe, solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de deudas es la mejor solución. Esta posibilidad existe tanto si la deuda se da entre dos particulares como entre un particular y la administración pública. En artículos anteriores ya hemos visto cómo renegociar una deuda por vía extrajudicial mediante la que el acreedor y el deudor pueden llegar a un acuerdo para facilitar el pago. Ahora bien, en este artículo nos centramos en explicarte cómo solicitar el aplazamiento y fraccionamiento de deudas en los pagos a la Agencia Tributaria.
Tabla de Contenidos
¿Qué es el aplazamiento con fraccionamiento?
Las deudas tributarias que se encuentren en periodo voluntario o ejecutivo de pago pueden aplazarse o fraccionarse. El tributario puede solicitarlo directamente a Hacienda cuando su situación económica no le permite efectuar los pagos en los plazos establecidos por la normativa.
Aunque ambos suponen un diferimiento de la deuda tributaria, el aplazamiento y el fraccionamiento no son lo mismo. Cuando se solicita el aplazamiento se da la posibilidad de demorar el pago total de la deuda, paralizando el plazo de ingreso del dinero durante un tiempo determinado. En cambio, el fraccionamiento permite repartir el importe de la deuda en varios pagos parciales a efectuar en fechas preestablecidas.

Para pedir un fraccionamiento de pago, el contribuyente debe proponer el calendario de pagos y la cantidad a abonar en cada plazo. Después es la Agencia Tributaria la que decide si lo acepta. En la petición hay que hacer constar el importe de la deuda, los plazos en los que se quiere fraccionar y la fecha en la que se desea empezar a realizar los pagos.
¿Cómo aplazar una deuda con Hacienda?
El aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias está regulado por la Ley General Tributaria, L 58/2003 de 17 Dic. A su vez, esta ley se ha modificado recientemente por el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.
Esta normativa permite a los contribuyentes la posibilidad de solicitar a la Administración Tributaria un aplazamiento o fraccionamiento de pago si existen problemas transitorios de liquidez o tesorería. Sin embargo, para que Hacienda lo conceda hay que demostrar la existencia de esas dificultades financieras. Otra cosa a tener en cuenta es que se tiene que presentar una solicitud por cada impuesto que se quiera aplazar o fraccionar.
Plazo de solicitud de aplazamiento y fraccionamiento de deudas
La solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de deudas a la Agencia Tributaria debe hacerse en un plazo determinado. Si la deuda se encuentra en periodo voluntario de ingreso o de presentación de autoliquidación correspondiente, la solicitud deberá presentarse dentro de dicho plazo. Si por el contrario, la deuda se encuentra en periodo ejecutivo, la solicitud deberá presentarse en cualquier momento anterior a la notificación del acuerdo de enajenación de los bienes.
¿Cómo pedir aplazamiento AEAT?
La solicitud de aplazamiento y fraccionamiento de pagos puede hacerse de manera online a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria o acudiendo en persona a sus oficinas. Sea como sea, la solicitud debe incluir los siguientes datos:
- Nombre y apellidos o razón social, número de identificación fiscal y domicilio fiscal del obligado tributario o de su representante.
- Identificación de la deuda, importe, concepto y fecha de finalización del plazo de ingreso en periodo voluntario.
- Causas que generan la solicitud del aplazamiento o fraccionamiento del pago.
- Plazos y condiciones del aplazamiento o fraccionamiento que se solicita.
- Orden de domiciliación bancaria, indicando los datos identificativos de la cuenta y entidad correspondiente.
- Lugar, fecha y firma del solicitante.
Documentación necesaria para pedir aplazamiento y fraccionamiento de deudas
Además, en la solicitud deben adjuntarse los siguientes documentos:
- Los que acrediten la representación y el lugar señalado a efectos de notificación.
- Justificantes de la situación económico-financiera del deudor, que le impiden hacer frente a la deuda en el plazo determinado.
- Si la deuda procede de una autoliquidación debe adjuntarse el modelo oficial, salvo que ya esté en manos de la Administración.
- Los documentos acreditativos de la garantía de la deuda en caso de que la haya.
¿Qué pasa si me deniegan un aplazamiento de deuda?
Una vez tramitada la solicitud, si el aplazamiento se concede, la resolución indicará los plazos a cumplir y el importe de los mismos. Estos, incluirán los intereses de demora si los hubiera. Estos plazos pueden ser diferentes a los que haya solicitado el deudor.
Si el aplazamiento se deniega y la deuda se encontraba en periodo voluntario en el momento de la solicitud, el deudor deberá pagar el importe de dicha deuda más los intereses de demora en el caso de que existan. Estos intereses se calcularán desde la fecha de la solicitud hasta la de la denegación.
¿Cuánto tiempo puede aplazarse una deuda tributaria?
Hasta octubre de 2015, para poder aplazar o fraccionar las deudas inferiores a 18.000 euros, no se exigía ninguna garantía. En cambio, para las que superaban esa cantidad había que presentar garantías en forma de aval bancario, garantía hipotecaria o seguro de caución. Sin embargo , desde el 20 de octubre de 2015 y según la nueva normativa el umbral pasa de 18.000 a 30.000 euros.
Actualmente para poder solicitar el aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias el requisito es que el deudor sea una persona o entidad con volumen de operaciones que no supere los 6.010.121,04 euros en el año 2020 según establece el Real Decreto-ley 5/2021. Este mismo decreto también estable que:
- El plazo para poder aplazar una deuda tributaria es de hasta seis meses.
- Se suprime la aplicación de intereses de demora durante los primeros cuatro meses del aplazamiento.
¿Qué deudas tributarias se pueden aplazar?
El aplazamiento de la deuda se puede solicitar casi para cualquier tipo de impuesto como el pago de las liquidaciones del IVA o del Impuesto de Sociedades, Impuesto sobre Sucesiones, Impuesto sobre Donaciones, etc.
El aplazamiento y fraccionamiento de deudas también es aplicable con las mismas nuevas condiciones en las deudas tributarias siguientes:
- Las correspondientes a obligaciones tributarias que deban cumplir el retenedor o el obligado a realizar ingresos a cuenta.
- Las derivadas de tributos que deban ser legalmente repercutidos salvo que se justifique debidamente que las cuotas repercutidas no han sido efectivamente pagadas.
- Las correspondientes a obligaciones tributarias que deba cumplir el obligado a realizar pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.
se puede solicitar un fraccionamiento por 5 años de una deuda de 8000 euros con hacienda por error de desconocimiento en la declaracion de la renta, ya solicitamos un fraccionamiento y nos dicen que debemos pagar en tres meses el total de la deuda mas un 20% de penalizacion. se puede lograr el fraccionamiento que deseamos, pues economicamente en el momento actual no podemos asumir este pago total.
Hola Lina,
Por lo que nos comentas entendemos que ya llegaste a un acuerdo con Hacienda. Normalmente es complicado que procedan a modificar este acuerdo. De todos modos, te recomendamos que pidas visita con Hacienda para que valoren si puedes hacer un nuevo plan de fraccionamiento.
¡Esperamos haberte ayudado!
Un saludo