¿Es legal contratar a cobradores de deuda?

Jul 20, 2021 | Impagos

Si tus clientes tienen deudas contigo y no consigues cobrarlas una opción para recuperar tu dinero es contratar cobradores de deuda. Antes de meterte en un largo y costoso procedimiento judicial, contratar a una empresa especializada en reclamación de impagos puede ser una buena alternativa. En este artículo te explicamos qué son y cómo funcionan estas empresas y hasta qué punto es legal su actividad.

¿Qué es una empresa de recobros?

Las agencias de recobro son empresas que se dedican a cobrar los pagos que tienen pendientes de cobrar las empresas por parte de sus clientes. Hacen de intermediario entre el acreedor y el deudor y gestionan directamente las deudas con este último.

reclamación de facturas
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¿Cómo funcionan las empresas de cobro de morosos?

Las empresas de impagos tratan y negocian con el deudor para conseguir cobrar la deuda. Estas empresas cobran por sus servicios de distintas maneras en función del modelo de negocio. Lo más habitual es que el pago de sus servicios de recobro sea mediante una cuota mensual o bien se queden con un porcentaje del importe recuperado. Consulta aquí los precios de Cobramus.

Las empresas de recobro cuentan con sus propias estrategias para perseguir y negociar con los morosos. Se comunican con los deudores por diferentes vías y si es preciso se encargan de negociar la deuda para que puedas recuperar tu dinero lo antes posible. En general los especialistas en impagos tienen un buen conocimiento de los procesos legales en caso de no poder recuperar la deuda y de las mejores técnicas para reclamarlas obteniendo resultados.

Motivos oposición pago deuda
Posibles motivos de oposición de pago

¿Es legal contratar a cobradores de deuda?

Contratar los servicios de estas entidades para recuperar tus deudas es una práctica totalmente legal a la que puede recurrir cualquier empresa o profesional.


No obstante hay que tener en cuenta que en España no existe ninguna regulación específica para el recobro extrajudicial de deudas por lo que este tipo de empresas no tienen límites en cuanto a las tácticas para conseguir el cobro. Aunque la mayoría de cobradores de deuda son profesionales y utilizan métodos legales, también hay algunos que sobrepasan los derechos fundamentales del deudor.


Al haber este vacío legal, existen ciertas empresas que llegan a utilizar métodos coactivos para cobrar. Presionan al deudor con amenazas y con la divulgación de sus datos en ficheros de morosidad para cobrar las cantidades reclamadas. En estos casos se están violando los derechos fundamentales y las libertades públicas de la Constitución. Llegados a estos extremos, el recobro puede convertirse en una práctica ilegal y son los Tribunales los que tienen que examinar cada caso en concreto para imponer una sanción.
Si bien no existe una regulación específica para la reclamación extrajudicial de deudas si se puede recurrir al Código Civil, la Ley de la Defensa de Consumidores y la Ley de Protección de Datos para conocer los límites que puedan haber en este tipo de prácticas.

¿Es legal la cesión de datos en el recobro de deudas?

Sí. La cesión de datos a empresas de recobro por parte de otras empresas para poder cobrar una deuda es legal. Sin embargo, estas empresas de recobro deben cumplir una serie de requisitos. El primero es que exista una relación contractual entre ellas y la empresa con la que el consumidor tiene la deuda. Además, el consumidor debe haber dado su consentimiento para el tratamiento de sus datos a la empresa principal. Por ello, como acreedor debes incluir en los contratos una cláusula para advertir de que ante un impago, es posible que se les incluya en un fichero de morosos.

reclamación via judicial

¿Qué tengo que tener en cuenta a la hora de contratar cobradores de deudas ?

Como empresa acreedora debes cumplir una serie de requisitos a la hora de contratar la gestión de deudas con empresas de recobro:

  • La deuda debe ser cierta, vencida y exigible y haber resultado impagada. En el caso de que no tengamos reconocida la deuda no puede considerarse «cierta» por lo que no se podría incluir el deudor en ningún fichero de morosidad hasta resuelto el conflicto.
  • Como empresa acreedora debes demostrar la existencia de una deuda anterior y que el plazo para pagarla ha vencido sin que el deudor haya abonado la cantidad correspondiente.
  • Es obligatorio enviar un requerimiento previo de pago al deudor advirtiéndole de su inclusión en un fichero de morosos antes de incluirlo.
  • La empresa de recobro debe notificar en un plazo de 30 días la inclusión en el fichero de morosos.
  • Debes garantizar que el contrato de encargado del tratamiento incluya el contenido mínimo exigido por la normativa de Protección de Datos.
  • Asegúrate de que la empresa de recobro actúa de forma diligente ya que si se produce algún incumplimiento la responsabilidad puede recaer en tu empresa.
  • Evita que la empresa de recobro lleve a cabo actuaciones que supongan un acoso al deudor para conseguir el pago de la deuda.
  • Informa adecuadamente a la empresa de recobro sobre la situación de la deuda para evitar que se reclamen deudas que ya han sido abonadas.
  • Establece un procedimiento de respuesta a los derechos de los afectados en materia de protección de datos.
  • Es conveniente evaluar el impacto para determinar los riesgos que pueden surgir por esa reclamación de deuda y evitarlos o reducirlos.

¿Qué derechos tiene el deudor?

Como ya hemos comentado más arriba, debe existir un requerimiento previo de pago, una notificación de que ha sido incluido en un fichero de morosos e indicar al deudor sus derechos en materia de protección de datos. Asimismo también debes tener en cuenta otros derechos del deudor:

  • Si no conoce el fichero de morosos en el que se le ha incluido, podrá ejercitar el derecho de acceso a sus datos personales gratuitamente.
  • Una vez la deuda haya sido pagada y su pago acreditado tiene derecho a que se eliminen sus datos del fichero de morosidad.
  • Puede ejercer el derecho de supresión si han pasado 6 años desde el vencimiento de la deuda, pero los datos del deudor siguen presentes en el fichero de morosos.

En definitiva, contratar una empresa de cobro para reclamar impagos es legal pero es conveniente que como acreedor conozcas bien los limites y condiciones legales del proceso para evitar problemas que puedan dañar tu negocio. Ya sabes, antes de contratar a una empresa de recobro asegúrate de que se trata de una empresa profesional que no transgrede los derechos del deudor para conseguir el pago.

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