El plazo para reclamar tu factura impagada tiene fecha de caducidad. Por lo tanto, si quieres recuperar el dinero adeudado, debes tener en cuenta una serie de aspectos que afectan directamente a las posibilidades de recobro. Entre ellos, la fecha en la que se originó el impago, el sector al que pertenece la empresa morosa y la vía que quieres utilizar para la recuperación de tu dinero. Lo explicamos todo a continuación.
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¿Hasta cuándo puedes reclamar una factura impagada?
El plazo para reclamar tu factura impagada viene recogido por la Ley 42/2015 de 5 de octubre, que entró en vigor tras la modificación del artículo 1964 del Código Civil.
Esta variación establece que el tiempo estándar actual para reclamar una factura impagada es de cinco años, en contraposición con los 15 años que se tenían antes de esta modificación. Por lo tanto
Si tu deuda se originó entre el 7 de octubre de 2005 y el 7 de octubre de 2015…
Debido a la variación de la ley que regulaba los plazos, y para que la reducción no afectara a las personas (físicas o jurídicas) que tuvieran un impago pendiente de reclamar, se estableció el 7 de octubre de 2020 como fecha para efectuar dicha reclamación. Esta modificación se vio afectada también por el coronavirus, por lo que la fecha final se amplió al 28 de diciembre de 2020, para personas que no hubieran reclamado aún su impago. Por tanto, si tu deuda se había originado entre el 7 de octubre de 2005 y el 7 de octubre de 2015, y todavía no habías efectuado el requerimiento, has perdido el derecho a reclamar tu impago.
Si tu deuda se originó después del 7 de octubre de 2015...
En el caso de que tu impago se haya originado después del 7 de octubre de 2015, el plazo general para reclamar tu factura es de cinco años. Este intervalo de tiempo se aplica principalmente a deudas relacionadas con los bienes y servicios entregados, las rentas de alquiler debidas, las facturas impagadas, el reembolso de un dinero prestado y el reintegro de cantidades a cuenta de compra que no se hubiesen entregado.
Sectores con plazos específicos para reclamar tu deuda.
Existen excepciones en función del sector al que pertenezca la empresa a la que le quieras reclamar. Las vemos a continuación:
- Acciones reales sobre inmuebles: treinta años
- Acciones hipotecarias: veinte años
- Acciones relacionadas con los administradores de una sociedad: cuatro años
- Acciones para exigir el pago debido a profesionales liberales: tres años
- Acciones cambiarias (pagaré) tres años
- Acciones cambiarias (cheque): seis meses
- Acciones de recobro o retención de una posesión, de responsabilidad civil por injuria o calumnia y de responsabilidad extracontractual: un año.
¿Cómo reclamar tu factura impagada?
Vía amistosa
El primer paso para reclamar una factura impagada es ponerte en contacto con tu deudor. Puedes utilizar diferentes canales: presencial, telefónico, correo electrónico… En cualquier caso, te recomendamos que el primer paso sea un contacto amistoso, ya que el impago puede deberse a un simple error.
Para hacer esta primera reclamación, puedes utilizar una carta formal que permita dejar constancia de que estás solicitando y poniendo en conocimiento del deudor, la existencia de una mora.
En el caso de que tu deudor no resuelva la deuda o, incluso, no se ponga en contacto contigo para intentar solucionarlo de forma amistosa, es el momento de dejar constancia de la reclamación de esa deuda. Para ello uno de los métodos más efectivos es el burofax, un método que atestigua la entrega del documento donde se solicita el pago al deudor y que tiene validez en un proceso monitorio. Puedes utilizar el mismo modelo de carta, pero enviándolo a través del método que establece Correos para dejar constancia de tus intentos de notificar la deuda.

Mediación, ficheros de morosos y reclamación a través de empresas de recobro
Antes de iniciar un proceso monitorio para la reclamación de las deudas pendientes, existen una serie de pasos intermedios que puedes dar para reclamar tus impagos sin tener que llegar a la vía judicial. Son los procesos por vía extrajudicial.
El primero es establecer una mediación con tu deudor a través de la figura de un mediador. La ventaja que este proceso es que suele ser más rápido y económico que un proceso judicial.
Otra vía para reclamar un impago que funciona bien es inscribir al deudor en diferentes ficheros de morosos. Existen diferentes ficheros, y aunque los más conocidos son aquellos que utilizan grandes empresas, como persona física o jurídica puedes utilizar otra serie de ficheros para reclamar tu deuda, independientemente de la cantidad monetaria que sea.
Por último, existen también empresas que te pueden ayudar con la gestión de tu deuda, en el caso de que tú no quieras lidiar con el deudor, no tengas tiempo o no te consideres con capacidad de tener éxito. Estas empresas se hacen cargo de tu deuda y gestionan la reclamación. Además, solo cobran si tienen éxito en el cobro de la deuda.
Proceso judicial
El tercer paso para reclamar tu deuda sería acudir a la vía legal. El proceso más común para reclamar un impago en un juzgado es el proceso monitorio.
Este requerimiento suele ser muy ágil y más económico que cualquier otro proceso judicial, ya que no estás obligado a contar con un abogado o un procurador. Sin embargo, lamentablemente tampoco es una garantía de que te vayan a pagar. Puede que el deudor reconozca su deuda ante el juzgado, pero eso no asegura su abono.
Por eso, llegados a este punto, el último paso sería el de reclamar judicialmente. En este caso, se puede hacer un juicio verbal, si la deuda es menor a 6.000 €, o un juicio ordinario si la deuda es mayor a esa cantidad.
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