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Incumplir el plazo legal para dar respuesta a un burofax perjudica al destinatario, pero no al remitente.
Lo has intentado de manera amistosa en diversas ocasiones, pero tu cliente te debe aún esa factura: ha llegado el momento de reclamarla de forma fehaciente, y así evitar que venza el plazo establecido para poder solicitar el pago por vía judicial.
El plazo legal para responder un burofax: el ultimátum antes de iniciar acciones legales
El burofax es una notificación que tiene validez como prueba en un juicio. Podríamos considerarlo, entonces, un paso previo a interponer una demanda judicial para reclamar una deuda. Es un paso para ejercer una reclamación extrajudicial y asegurar una prueba en caso de llegar a reclamación judicial. Al recibirlo, su destinatario percibirá la seriedad del asunto si no decide solucionarlo previamente de forma amistosa. Y si no cumple el plazo legal para responder a ese burofax, solo vendrán consecuencias negativas que empeorarán su situación.
¿Qué es un burofax?
Es una carta que se entrega en el domicilio del destinatario. Pero no se trata de una carta cualquiera: a diferencia de una carta ordinaria o de una certificada, se trata de una forma de comunicación o notificación fehaciente. Es decir: al enviar un burofax, quien lo hace puede demostrar que el receptor recibió dicha comunicación y prestó su conformidad.
La copia de los documentos que entregas en el momento del envío se conserva firmada por el empleado de Correos o de la agencia de mensajería acreditada. Se deposita con la finalidad de poder justificar el contenido. Y también la firma del destinatario en el momento de recibirlo, lo que acredita que ha recibido la comunicación.
Es un servicio con el que podrás enviar de forma urgente documentos que puedan requerir una prueba ante terceros. Por ejemplo, que sirvan de prueba en un juicio.
Por ello es importante que hagas el envío de la documentación contratando servicios adicionales como el acuse de recibo y la copia certificada del texto. Así podrás saber que se ha entregado el burofax y cuándo.
¿Para qué sirve un burofax?
En caso de querer reclamar facturas impagadas, las conversaciones o las llamadas pueden ser tergiversadas o negadas. Esto impedirá que puedas demostrar lo que se discutió.
Para evitar esta frustración, la notificación fehaciente y el valor probatorio que implica un burofax con certificación de contenido garantiza que podrás demostrar el envío, el emisor y el destinatario, el contenido y la recepción de los escritos con los que quieres reclamar un impago o notificar un incumplimiento de contrato.
Si el destinatario no responde dentro del plazo al burofax, igualmente tienes una prueba para ir a juicio: no podrá alegar que desconocía la deuda, el incumplimiento de acuerdos, etc.
Al certificar el contenido del texto, el burofax acredita que en una fecha determinada se avisó de la incidencia para que el destinatario actúe. Certifica la expedición, contenido y recepción de una comunicación escrita que, gracias al burofax, tendrá valor legal.
¿A dónde se puede enviar un burofax? ¿Cuánto tarda en llegar? ¿Cuánto cuesta?
- Ámbito: puedes enviarlo a nivel nacional e internacional. En este último caso, solo a aquellos países que admitan el burofax
- Plazos de entrega: dependerá del destino. En el caso de envíos nacionales, se suelen entregar en el mismo día o al día siguiente. Los envíos internacionales se suelen entregar en un máximo de 48 horas
- Coste: dependerá del número de páginas enviadas y del destino. Es más que conveniente, para que tenga validez legal, que contrates los servicios extra de acuse de recibo y copia certificada del contenido.
Puedes gestionar un burofax en las oficinas de Correos, a través de su web, o utilizando los servicios de agencias de mensajería privadas acreditadas para garantizar la validez de este tipo de notificación o contratar a Cobramus.

¿Cómo redactar un burofax?
La mayoría de las veces que se envía un burofax es a la espera de acciones legales. Por ello, tienes que cuidar la redacción del contenido, ya que, como remitente, quedas vinculado a la comunicación que envíes.
Utilizar un enfoque o términos inadecuados puede perjudicar a la futura trascendencia legal que le quieres dar al burofax. Quedarás vinculado con el contenido del burofax: no podrás desdecirte en caso de errores, por lo que tienes que incluir todas las menciones legales que puedan ayudarte ante una futura acción judicial.
Redactarlo con consideraciones personales o afirmaciones subjetivas no convertirán a tu burofax en garante de hechos reales y acreditados. Un burofax no da la razón si no se tiene: indicar que un cliente o un proveedor te ha estafado, o que das por roto un contrato no hace que tus afirmaciones tengan valor.
El impago o el desistimiento de contrato dependerá de la situación concreta y de la normativa, no solo de enviar un burofax.
¿Cómo establecer el plazo para responder un burofax?
El plazo para responder a un burofax y qué sucederá en caso de no cumplir dicho plazo lo debes indicar en la comunicación, en el propio burofax. Tienes que tener en cuenta el instante en el que te encuentras al enviarlo: ¿qué tiempo te queda para poder reclamar de manera legal? Esto te ayudará a indicar ese plazo, previendo que no pierdas la opción de poder llevar el caso por la vía judicial en caso de que el destinatario no responda al burofax en el período establecido, o que responda negándose a solucionar el conflicto.
Los días que indiques normalmente se tienen que entender como días hábiles: no contarán los domingos ni los festivos. Si quieres que el plazo para responder al burofax se establezca con un cómputo de días naturales, deberás indicarlo en el burofax.
¿Y si el destinatario rechaza el burofax, sigue habiendo un plazo legal para responderlo?
La persona o la empresa a la que diriges el burofax podría rechazarlo. Pero no es una opción conveniente para ella. Por lo general, el hecho de rechazar un burofax demuestra mala fe: se ha querido comunicar algo de manera fehaciente, indicando que en caso de no solucionarlo en un período determinado de forma amistosa se interpondrá una demanda judicial.
Así, rechazar un burofax supondría, por ejemplo, que el destinatario pierda la oportunidad de poder solucionar el impago o el incumplimiento de contrato sin tener que acudir a juicio. O de prepararse con tiempo ante un procedimiento judicial. Lo mejor es recogerlo, y responder al mismo con aquello que se considere oportuno, precisamente también para dejar constancia fehaciente. Si no se responde, se entenderá que el destinatario no quiere solución alguna. Entonces se podrán iniciar acciones judiciales, ya sea un acto de conciliación o una demanda.
Cuando el burofax no se entrega al destinatario, éste desconocerá el contenido y seguramente no cumplirá con el plazo legal para responder al burofax. Pero este desconocimiento es su responsabilidad, y no una causa imputable al remitente.
Es más, incluso si el burofax no se ha podido entregar al destinatario y se ha quedado “olvidado” en la oficina de Correos tras dos intentos de entrega, esto no es excusa para que el plazo que has indicado para responder al burofax quede “congelado”: en un juicio, será medio suficiente para que acredites que habías tomado las medidas necesarias para solucionar el impago o el incumplimiento de contrato.
En definitiva, que el destinatario rechace el burofax o no lo recoja juega a tu favor, no te perjudica: el no querer recibirlo, no retirarlo de la oficina, no hacer caso del contenido o no cumplir el plazo para responder el burofax, demuestra su conducta por no poner solución al conflicto. Y, por otro lado, tu voluntad de ejercer o conservar tu derecho a romper un contrato con un proveedor o cobrar una deuda de un cliente y de reclamarla de forma extrajudicial.
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¿ Y que ocurre si tras recibir el burofax, no hace caso y sigue sin facilitarte, en este caso, la documentación pedida, cual es el plazo para iniciar reclamación judicial? ¿Es obligado iniciar reclamación judicial si no atienden al burofax? No puedo quedarme esperando a ver si facilitan algo de buena fe para no tener que soportar gastos judiciales?
Gracias
¡Hola Maria! En tu caso es cuando Cobramus puede reclamar judicialmente por ti la deuda sin salir de casa. Solo debes entregarnos la factura y en menos de 24h empezamos el proceso monitorio. Te invito a contactar directamente a nuestro asesor Ingacio quien podrá resolver todas tus dudas y valorar tu caso de manera personalizada. Escribir email a nlopez@cobramus.com o llamarnos directamente al 919497822. Gracias